Al adquirir una vivienda y financiar la compra con una hipoteca, el banco imponía que el prestatario hiciera frente a dos grupos de gastos asociados a la operación: los de compraventa (que son los que se pagan por tramitar la escrituración de la propiedad) y los gastos de constitución de la hipoteca. Estos últimos son los que, según una sentencia del Tribunal Supremo dictada en diciembre de 2015, también debe abonar la entidad bancaria como sujeto pasivo o interesado de esta parte de la transacción. Estos gastos son:
- Gastos notariales
- Gestoría
- Gastos de Registro de la Propiedad
- Impuestos: el IAJD
¿QUIÉN PUEDE ESTAR AFECTADO?
Todas las personas que tengan o hayan tenido una hipoteca, no importa los años que hayan pasado desde que se firmó (no prescribe) pueden reclamar el dinero pagado de más, ya que la Sentencia del Supremo ha declarado nulas estas cláusulas y por tanto los bancos deben devolver todos los gastos de formalización de hipoteca.

PASOS A SEGUIR PARA CONSEGUIR LA DEVOLUCIÓN DE LOS GASTOS HIPOTECARIOS
- Cálculo de los gastos afectados y estudio de la documentación: escritura de préstamo hipotecario, facturas de notaria, registro, gestoría y tasación.
- Reclamación extrajudicial a la entidad bancaria para recuperar lo pagado de más.
- Demanda reclamación de gastos por considerarse una cláusula abusiva